NORMAS TRANSITORIAS PARA EL CAMBIO DE CARRERA
Res. 020-85
4.1 Definición:
Es la oportunidad que se le brinda a los estudiantes debidamente inscritos en la Universidad de oriente, de cambiar de carrera de acuerdo con sus inclinaciones y aptitudes.
4.2 Normas
- El aspirante a cambio de carrera debe cumplir con los requisitos siguientes:
- Haber cursado en la carrera originalmente inscrita por lo menos un semestre
- No haber cambiado de carrera a partir de la vigencia de esta resolución
- No estar sujeto a suspensión de matricula por bajo rendimiento académico
- Tener constancia firmada por la Dependencia de Orientación del Núcleo donde cursa para demostrar que.
Solicitó Orientación sobre cambio de Carrera
Concurrió a realizar las entrevistas y Pruebas necesarias para tal Orientación
4.3 Procedimiento
- El estudiante para solicitar cambio de carrera debe llenar una planilla que podrá obtenerse en la oficina de Control de Estudios del Núcleo donde cursa
- Esta planilla se entregará en la oficina de Control de Estudios durante los dos primeros días del lapso establecido para el procesamiento de Actas de Evaluación
- La solicitud de Cambio de carrera debe ir acompañada de la constancia de la Dependencia de orientación
- Revisada la documentación del aspirante a Cambio de Carrera, por la Coordinación Académica y Control de Estudios se procederá a publicar listas de cambios de carrera otorgados.
- La lista de los estudiantes seleccionados se publicarán antes del último día de inscripciones.
